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Costa Rica
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"Hecho para encender tus sentidos" Terminos y Condiciones

La Promoción HECHO PARA ENCENDER TUS SENTIDOS, en adelante la “Promoción”, se regirá por las siguientes reglas y condiciones.

La participación en la Promoción implica la aceptación plena e incondicional de todas las disposiciones contenidas en este Reglamento, incluidas aquellas que delimitan la responsabilidad de la Organizadora. Asimismo, las personas participantes aceptan someterse a las decisiones que adopte la Organizadora respecto de cualquier asunto relacionado con la Promoción, siempre de conformidad con este Reglamento y con la normativa aplicable.

La entrega de los premios estará condicionada al cumplimiento de las disposiciones contenidas en este Reglamento y de las leyes y regulaciones aplicables. La Organizadora se reserva el derecho de descalificar a cualquier participante que incumpla, directa o indirectamente, estas disposiciones y, cuando corresponda, de solicitar la devolución de cualquier premio que haya sido entregado de manera improcedente.

● 1. Elegibilidad para participar: Salvo las excepciones establecidas en este Reglamento, podrán participar en la Promoción todas las personas físicas mayores de 18 años que residan legalmente en Costa Rica, actúen en condición de consumidores finales y cumplan con los requisitos de participación dentro del plazo de vigencia de la Promoción.

Las personas participantes deberán contar, al momento del sorteo y de la eventual entrega del premio, con un documento de identificación vigente y válido, reconocido por el Gobierno de Costa Rica.

No podrán participar en la Promoción:

a. Las personas trabajadoras, ejecutivas, directoras o funcionarias de la Organizadora.
b.  Las personas trabajadoras, ejecutivas, directoras o funcionarias de las agencias de publicidad y de los proveedores directamente involucrados en la organización, ejecución o administración de la Promoción.
c. Las personas trabajadoras, ejecutivas, directoras o funcionarias de las empresas copatrocinadoras o colaboradoras de la Promoción que, por razón de su cargo o funciones, puedan influir en su desarrollo o en la asignación de los premios.
d, Los parientes, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, de las personas indicadas en los incisos anteriores.

● 2. Organizadora y Comercios Facilitadores: Distribuidora La Florida S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-295868, es la organizadora de la Promoción, en adelante la “Organizadora”, y será responsable de su administración en los términos establecidos en este Reglamento.

Para cualquier asunto relacionado con la Promoción, la Organizadora recibirá comunicaciones en la siguiente dirección: Edificio Corporativo de Heineken Costa Rica, del portón de la Cervecería, 500 metros al sur, contiguo al depósito de materiales El Lagar, Llorente de Flores, Heredia; fax: 2437-7014, dirigido al Departamento de Servicio al Cliente; y teléfono: 800-HEINEKEN.

La participación de Walmart, Más x Menos, Automercado y Fresh Market será exclusivamente en calidad de facilitadores, en adelante los “Comercios Facilitadores”. Su participación se limitará a poner a disposición de la Organizadora los supermercados o puntos de venta en los que podrá adquirirse el producto participante. Los Comercios Facilitadores no son organizadores de la Promoción ni responsables de la realización del sorteo, la selección de las personas ganadoras, la validación de las participaciones o la entrega de los premios.

● 3. Plazos: La Promoción tendrá vigencia desde el 1 de agosto de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026, ambas fechas inclusive. Únicamente serán válidas las compras del producto participante realizadas en los Comercios Facilitadores durante dicho período y registradas en la plataforma oficial de la Promoción dentro del plazo indicado. Los plazos establecidos en este Reglamento son perentorios. En consecuencia, no se admitirán compras ni registros realizados antes del inicio o después de la finalización de la Promoción.

● 4. Forma de participar: Durante el plazo de vigencia de la Promoción, podrán participar las personas que adquieran el producto Flor de Caña 18 años, en presentación de 750 ml o 375 ml, en cualquiera de los Comercios Facilitadores y registren su compra en la plataforma oficial de la Promoción (www.flordecana.com/encenderlossentidos), de conformidad con las condiciones establecidas en este Reglamento.

Para participar, la persona interesada deberá:

a. Adquirir al menos una unidad del producto participante en cualquiera de los Comercios Facilitadores, durante el plazo de vigencia de la Promoción.

b. Ingresar a la plataforma oficial de la Promoción y completar el formulario de participación con la información solicitada.

c. Registrar los datos de la factura correspondiente a la compra del producto participante.

d. Adjuntar una fotografía clara, completa y legible de la factura, de conformidad con las instrucciones disponibles en la plataforma.

e. Conservar la factura original en buen estado hasta que concluya el proceso de selección, validación y entrega de los premios, ya que podrá ser requerida por la Organizadora para comprobar la validez de la participación y acreditar la compra.

La información registrada deberá ser verdadera, exacta y coincidir con los datos contenidos en la factura aportada. Los registros incompletos, ilegibles, alterados, duplicados o realizados fuera del plazo de vigencia de la Promoción podrán ser declarados inválidos.

La participación es personal. La persona cuyos datos hayan sido registrados en la plataforma oficial será considerada titular de la participación y, en caso de resultar seleccionada, deberá cumplir personalmente con los requisitos previstos en este Reglamento.

5. Premio: Una vez concluido el plazo de vigencia de la Promoción, la Organizadora realizará un sorteo entre todas las participaciones válidamente registradas para seleccionar a las personas potencialmente ganadoras.

Se otorgará un total de quince (15) premios. Cada premio será válido para dos (2) personas y consistirá en una experiencia gastronómica de asado argentino premium en el restaurante Chateau, ubicado en Heredia, Costa Rica. Cada premio tendrá un valor aproximado de mercado de doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD $200) por pareja.

La Organizadora determinará y comunicará oportunamente la fecha y la hora en que deberá disfrutarse la experiencia. La persona ganadora deberá ajustarse a la fecha, la disponibilidad y las condiciones establecidas por la Organizadora para hacer efectivo el premio.

El premio estará sujeto a las siguientes condiciones:

a. No podrá ser canjeado, total ni parcialmente, por dinero en efectivo.

b. No será transferible, endosable ni sustituible por otro bien o servicio.

c. No será reembolsable.

d. No podrá venderse ni comercializarse.

e. No podrá reprogramarse en caso de que la persona ganadora o su acompañante no se presenten en la fecha y hora comunicadas por la Organizadora.

Cualquier gasto, consumo, traslado o servicio adicional que no esté expresamente incluido en la descripción del premio deberá ser asumido por la persona ganadora o su acompañante, según corresponda.

En el supuesto de que, por motivos fuera del alcance de la Organizadora, se deba suspender el premio, o cualquier porción del premio, o que realizarlo constituya un riesgo inaceptable para la integridad física y/o seguridad de los participantes, la Organizadora tendrá la opción más no la obligación de canjear los premios por otros de costo equivalente a doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD $200) por pareja.

6. Sorteo y selección de las personas ganadoras: El sorteo se realizará una vez concluido el plazo de vigencia de la Promoción, entre todas las participaciones válidamente registradas que cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento. La selección de los ganadores se hará mediante una tómbola virtual que seleccionará a los quince (15) ganadores en forma aleatoria entre todos los participantes de la Promoción. Al momento del sorteo estará presente un Notario Público seleccionado por la Organizadora, para que levante un acta, en presencia de al menos dos testigos, en la que dejará constancia de la identidad de los ganadores.

La condición de persona potencialmente ganadora no implicará la adjudicación automática del premio. La entrega quedará sujeta a la verificación previa de la identidad de la persona seleccionada, la autenticidad de la factura registrada y el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en este Reglamento.

La Organizadora podrá seleccionar personas suplentes para el caso de que alguna de las personas inicialmente seleccionadas no cumpla con los requisitos, no pueda ser contactada, no responda dentro del plazo comunicado o no acepte el premio en las condiciones establecidas.

7. Verificación de las participaciones: La Organizadora se reserva el derecho de verificar, en cualquier momento, la identidad de las personas participantes y de las personas seleccionadas como potenciales ganadores, así como la autenticidad de las facturas y la veracidad de la información suministrada durante el registro.

Para hacer efectivo el premio, la persona seleccionada deberá presentar:

a. Un documento de identificación vigente y válido, reconocido por el Gobierno de Costa Rica.

b. La factura original correspondiente a la compra registrada.

c. Cualquier otra información razonablemente necesaria para verificar el cumplimiento de las condiciones de la Promoción.

La información contenida en la factura original deberá coincidir con la registrada en la plataforma oficial. La factura deberá presentarse completa, legible, en buen estado y sin alteraciones que impidan comprobar su autenticidad, contenido o correspondencia con la información registrada.

Cualquier inconsistencia, falsedad, duplicidad, alteración, manipulación o incumplimiento de las condiciones de la Promoción dará lugar a la invalidación de la participación y, cuando corresponda, a la pérdida del derecho al premio, sin responsabilidad para la Organizadora.

La pérdida, el robo, la destrucción o el deterioro de la factura que impida verificar su autenticidad, contenido o correspondencia con la información registrada ocasionará la invalidación de la participación y la pérdida del derecho al premio.

● 8. Información y contacto de las personas participantes: Para todos los efectos de la Promoción, la Organizadora considerará participante a la persona cuyos datos hayan sido registrados en la plataforma oficial y cuya participación cumpla con las condiciones establecidas en este Reglamento.

Toda comunicación relacionada con la Promoción se realizará por medio de la información de contacto proporcionada durante el registro. Será responsabilidad exclusiva de cada participante suministrar información verdadera, completa y actualizada, mantener disponibles los medios de contacto registrados y atender oportunamente las comunicaciones que reciba.

Cualquier error, omisión, falsedad o imprecisión en la información proporcionada que impida identificar, localizar o contactar a la persona participante, o verificar el cumplimiento de los requisitos, facultará a la Organizadora para descalificarla y, cuando corresponda, seleccionar a una persona suplente, sin responsabilidad alguna.

Si una persona potencialmente ganadora no responde dentro del plazo que le comunique la Organizadora, rechaza el premio o no presenta oportunamente la documentación requerida, perderá el derecho a recibirlo.

● 9. Uso de nombre, voz e imagen: La aceptación del premio implicará el consentimiento de la persona ganadora y de su acompañante para que su nombre, voz e imagen puedan ser utilizados por la Organizadora en fotografías, grabaciones, publicaciones, medios publicitarios y materiales de divulgación relacionados con la Promoción y con la entrega o disfrute del premio, de conformidad con la normativa aplicable.

La entrega o el disfrute del premio podrá ser fotografiado, grabado o difundido por los medios que determine la Organizadora. Cuando corresponda, la Organizadora podrá solicitar a la persona ganadora y a su acompañante la suscripción de las autorizaciones respectivas.

Estas autorizaciones no generarán obligación de remuneración o compensación adicional para la Organizadora, distinta del premio otorgado.

10. Responsabilidad de la Organizadora: La responsabilidad de la Organizadora se limitará a la administración de la Promoción y a la entrega de los premios descritos en este Reglamento, siempre que las personas ganadoras hayan cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos. La persona ganadora será responsable del uso y disfrute que haga del premio, así como de la conducta y participación de su acompañante.

En la medida permitida por la legislación aplicable, la Organizadora, los Comercios Facilitadores, las empresas afiliadas, los proveedores y demás personas o entidades involucradas en la Promoción no serán responsables por daños o perjuicios derivados de:

a. Los gastos en que incurran las personas participantes para participar en la Promoción, hacer efectivo el premio o disfrutarlo.

b. Fallas técnicas, interrupciones, errores de transmisión, problemas de conectividad o intervenciones humanas no autorizadas que afecten los sistemas utilizados para el registro o desarrollo de la Promoción.

c. Información incorrecta, incompleta o desactualizada suministrada por las personas participantes.

d. La pérdida, el robo, la destrucción o el deterioro de la factura original.

e. Los daños ocasionados por hechos atribuibles a la persona ganadora, su acompañante o terceros durante el disfrute del premio.

Nada de lo dispuesto en este Reglamento excluirá o limitará aquellas responsabilidades que, de conformidad con la legislación aplicable, no puedan ser válidamente excluidas o limitadas.

11. Suspensión, modificación o terminación de la Promoción: La Organizadora se reserva el derecho de suspender, modificar o terminar anticipadamente la Promoción cuando se presenten circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito, fallas técnicas, fraude, manipulación no autorizada o cualquier otro acontecimiento fuera de su control razonable que impida continuar con su ejecución normal. La Organizadora también podrá adoptar las medidas necesarias cuando compruebe la existencia de participaciones, asignaciones o reclamos de premios realizados de manera fraudulenta.

Cualquier alteración de documentos, falsificación, engaño, fraude, manipulación no autorizada o acción que obstaculice el funcionamiento normal de la Promoción podrá ocasionar la descalificación de la persona responsable, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.

Cualquier modificación al Reglamento será comunicada por los mismos medios utilizados para divulgar la Promoción y surtirá efectos a partir de su publicación, sin afectar derechos válidamente adquiridos.

● 12. Tratamiento de datos personales: Los datos personales proporcionados por las personas participantes serán recopilados, almacenados y tratados bajo la responsabilidad de la Organizadora, de conformidad con la legislación costarricense aplicable en materia de protección de datos personales. La Organizadora solicitará únicamente los datos necesarios para administrar la Promoción, verificar las participaciones, contactar a las personas potencialmente ganadoras, entregar los premios, atender consultas y cumplir con las obligaciones legales aplicables.

La Organizadora no solicitará datos personales sensibles, salvo que resulten estrictamente necesarios y su tratamiento esté permitido por la legislación aplicable.

Los datos podrán ser compartidos con proveedores que presten servicios relacionados con la Promoción, exclusivamente en la medida necesaria para su administración, validación, contacto o entrega de premios. Dichos proveedores deberán tratar la información de acuerdo con las instrucciones de la Organizadora y con la normativa aplicable.

El envío de comunicaciones comerciales o promocionales distintas de las necesarias para administrar esta Promoción estará sujeto al consentimiento correspondiente, cuando este sea requerido por la legislación aplicable.

Las personas participantes podrán ejercer los derechos que les reconoce la normativa sobre protección de datos personales mediante una solicitud dirigida a los medios de contacto indicados en la cláusula 2 de este Reglamento.

13. Relación entre las partes: Ninguna disposición de este Reglamento deberá interpretarse como creadora de una relación laboral, societaria, de representación, agencia, mandato o asociación entre la Organizadora y las personas participantes o ganadoras.

La participación o la obtención de un premio no otorgará a ninguna persona la condición de trabajadora, representante, agente o mandataria de la Organizadora.

La relación derivada de la Promoción finalizará una vez que la Organizadora haya cumplido las obligaciones establecidas en este Reglamento, sin perjuicio de aquellas disposiciones que, por su naturaleza, deban permanecer vigentes.

14. Publicación de las personas ganadoras y consultas: Una vez finalizado el proceso de verificación, la Organizadora podrá publicar el nombre de las personas ganadoras por los medios utilizados para divulgar la Promoción. La Organizadora no publicará números completos de identificación ni otros datos personales que no sean necesarios para comunicar los resultados, salvo que exista consentimiento expreso de la persona titular o una obligación legal que así lo requiera. Cualquier duda o consulta sobre el alcance o la interpretación de este Reglamento podrá formularse al teléfono 800-FLORIDA.

● 15. Territorio y legislación aplicable: La Promoción será válida exclusivamente dentro del territorio de la República de Costa Rica. En consecuencia, únicamente serán válidas las compras efectuadas en los Comercios Facilitadores ubicados en Costa Rica y las participaciones registradas por personas que cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento.

La Promoción, el presente Reglamento, su interpretación, ejecución y cualquier situación relacionada con estos se regirán por las leyes vigentes de la República de Costa Rica.

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"Hecho para encender tus sentidos" Terminos y Condiciones

La promoción "Hecho para encender tus sentidos" se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en la Promoción, los participantes aceptan todas las reglas de este Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de los Organizadores. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de los Organizadores en cualquier asunto relacionado con la Promoción. El otorgamiento de cualquiera de los premios estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento.

1. El Organizador y Facilitadores
● Organizador: La Agencias Feduro S.A.,. con cédula de persona jurídica RUC número 277-83-60760 dv 90 es la Organizadora de la Promoción y única responsable de la misma ante cualquier tercero.

● Facilitador: La participación de los comercios (Grupo Rey, Riba Smith, Super 99, Super Carnes) en esta Promoción es de Facilitador. Ello significa que solamente pone a disposición del Organizador los supermercados o puntos de venta participantes descritos en este Reglamento.

2. Elegibilidad para participar
Con las excepciones que se dirán, podrán participar en esta Promoción todas aquellas personas mayores de 18 años que participen durante el plazo establecido de la promoción. Esta promoción está dirigida para consumidores finales.

Asimismo, no podrán participar las siguientes personas:

● Menores de edad.
● Empleados, ejecutivos y funcionarios de la Empresa Organizadora.
● Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta Promoción.
● Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.

3. Forma de Participar y Productos
El presente reglamento establece los términos y condiciones que regirán la promoción, la cual consiste en la compra del producto participante y el registro en la plataforma correspondiente conforme a las condiciones establecidas en el presente reglamento.

● Productos participantes: Flor de Caña 18 años en presentaciones de 750ml o 375ml.
● Comercios participantes: Grupo Rey, Super 99 , Riba Smith , Super Carnes.
● Mecánica: El consumidor deberá adquirir el producto participante en cualquiera de los comercios indicados y registrar su compra en el landing oficial de la promoción, donde deberá colocar sus datos personales y la información o fotografía de la factura.
● Resguardo de datos: La recopilación, tratamiento y resguardo de los datos personales proporcionados por los participantes en el formulario son de exclusiva responsabilidad del Organizador de la promoción.
● Validación: La factura deberá conservarse en buen estado, ya que podrá ser solicitada como respaldo para la validación del premio.

4. Detalles del Premio
Al final de la promoción, se realizará el sorteo para elegir a los ganadores de los siguientes incentivos:
● Cantidad de premios: 15 premios en total (cada premio es válido para dos personas).
● Descripción del premio: Una experiencia de un asado con masterclass para 10 personas en la casa del ganador con nuestro chef profesional o en un lugar privado donde se pueda llevar a cabo la actividad para el ganador.
● Valor: El premio tiene un valor aproximado de mercado de $200 USD por pareja.
● Condiciones del premio: La marca se reserva estrictamente las fechas para hacer efectivo el premio. El premio no es canjeable por dinero en efectivo, ni transferible, endosable o sustituible por otro bien o servicio. Asimismo, el premio no es reembolsable ni reprogramable en caso de ausencia del ganador en la fecha fijada.

5. Verificación y Sorteo
● EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de verificar la identidad del ganador, la factura con la que ganó y la información suministrada.

● Cualquier inconsistencia, falsedad, duplicidad, alteración o incumplimiento del reglamento dará lugar a la anulación inmediata del premio, sin responsabilidad alguna para EL ORGANIZADOR.

● La pérdida, robo, destrucción o deterioro de la factura invalidará automáticamente el derecho al premio, la factura debe presentarse en excelentes condiciones para la entrega del premio.

6. Responsabilidad del Organizador
EL ORGANIZADOR no será responsable bajo ningún concepto por:

● El uso, goce o disposición que el ganador haga del premio.
● Daños, pérdidas, robos, accidentes o lesiones que puedan derivarse directa o indirectamente del disfrute o uso del premio.
● Fallos técnicos, interrupciones o errores de funcionamiento de las redes de telecomunicaciones y plataformas digitales.

EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de modificar, suspender, prorrogar o cancelar total o parcialmente LA PROMOCIÓN, así como de no entregar el premio, sin incurrir en responsabilidad alguna, en los siguientes casos:

● Fuerza mayor o caso fortuito.
● Incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de este reglamento por parte del participante.
● Detección de fraude, intento de fraude, uso indebido de la factura o del registro.
● Uso de información falsa, incompleta o incorrecta.

7. Uso de datos personales
Los participantes reconocen que el Organizador no recopilará ni dará tratamiento a información de datos personales sensibles. Se utilizarán los datos que se le soliciten al participante y a los que la ley faculta al Organizador a solicitar. Los participantes y usuarios declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritos, aceptando y consintiendo su tratamiento automatizado por parte del Organizador.

8. Plazos de la Promoción
Esta Promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter perentorio:

● LA PROMOCIÓN será válida para cualquier compra de Flor de Caña 18 años realizada en los supermercados participantes entre el 01 de agosto de 2026 y el 30 de septiembre de 2026.